El contribuyente puede solicitar el aplazamiento de su IRPF, u otras deudas tributarias, en cualquier momento, si no dispone de suficiente liquidez para hacer frente a su pago.
Que efectos tiene?
Si lo pide en periodo voluntario, la petición evita la via de apremio y el devengo de recargos e intereses.
Cómo debe hacerse?
La concesión del aplazamiento requiere la justificación razonada y documentada de las causas que lo motivan (falta de liquidez) y la prestación de garantía (aval bancario, prenda o hipoteca) o, en su defecto, justificación de la imposibilidad de aportarla.
No obstante, no sera necesaria ninguna garantía cuando la deuda que se pretende aplazar sea inferior a 18.000€.
Que deudas pueden aplazarse?
En general, podrán aplazarse todas las deudas tributarias (la cuota del IRPF, la del Patrimonio, el IBI, las sanciones tributarias etc) salvo las procedentes de ingresos a cuenta y retenciones.
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