El inquilino debe pagar el IBI

Según el criterio del Tribunal Supremo, el inquilino debe pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles aunque el propietario no lo hubiera exigido asi en el contrato de alquiler.

La decisión del Supremo (STS 10/10/11) recuerda la que en su dia se dictó para unificar la doctrina sentando que: el impago por el arrendatario del IBI en arrendamientos de vivienda existentes en el momento de la entrada en vigor de la LAU de 1994, ha de considerarse como causa de resolución comprendida en el artículo 114.1ª de la LAU de 1964, sin que sea necesario que el arrendador efectúe una manifestación de voluntad de repercutir el IBI al arrendatario.

En consecuencia, el impago del IBI permite al propietario resolver el contrato por incumplimiento.

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